miércoles, 1 de febrero de 2023

Economía

La Legislación Burguesa, los Contratos Ley y la Lucha Actual

Cesar Risso

ENTRE LAS CONSIGNAS en las manifestaciones en curso, una de ellas se ha venido planteando desde hace varios años. Se trata del cambio de la Constitución de 1993, y que, entre otros aspectos, se modifique el capítulo económico, que contiene los contratos ley.

Esta consigna es un clamor popular, que ha adquirido una connotación que consiste en la percepción de que una nueva Constitución va a solucionar gran parte de los problemas que las clases populares enfrentan. Para que así sea es necesario que la nueva Constitución incorpore los intereses de las clases trabajadoras, pues de lo contrario la situación podría empeorar. Es decir, la nueva Constitución va a reflejar los intereses de las clases sociales, y por ello, su contenido dependerá de qué tan organizado esté el pueblo, y qué tan activo se muestre en la lucha por sus intereses.

La Constitución de 1993 se originó en el marco de la dictadura de Alberto Fujimori, y representó los intereses del imperialismo, que por aquella época viraba hacia una política neoliberal, de desregulación, de retiro del Estado de la actividad empresarial, y de desprotección de las clases trabajadoras y populares.

Al amparo de la actual Constitución se ha producido el saqueo de nuestros recursos naturales. Pero esto hubiera ocurrido de una u otra forma. El tratamiento tributario a la inversión extranjera directa, con los contratos ley, ha beneficiado considerablemente a estas empresas, pero aparte, los diversos gobiernos les han añadido otras ventajas. En otras palabras, en el marco jurídico hay un margen para favorecer al sector privado extranjero, esto es a las empresas imperialistas.

Está claro que un gobierno democrático, nacionalista y popular, implementaría una serie de normas para aprovechar mejor nuestros recursos naturales, restándole así parte de las utilidades a las empresas transnacionales, para beneficio de nuestro país. Este beneficio, para que sea de un gobierno del pueblo, tendría que favorecer a las clases trabajadoras, destinando estos recursos a una mejora de los servicios de salud, educación, etc.

De las ganancias obtenidas por la inversión extranjera directa, una parte sería para nuestro beneficio, por ser los propietarios de los recursos naturales. Así, esta sería una medida nacionalista y popular.

Pero, ocurre que, si bien el capitalismo puede manifestarse, dada la política pendular que ha aplicado a lo largo del tiempo, ora como de participación del Estado en la regulación y en la actividad empresarial, ora como un ente solo regulador, dejando al libre mercado, esto es a las grandes empresas, la “asignación de recursos”, y con ello la desprotección de los sectores populares; en cualquiera de las políticas, el capitalismo se basa en la explotación de la fuerza de trabajo, y en la búsqueda del máximo beneficio por parte de las empresas.

Las diversas normas jurídicas han otorgado protección a la inversión privada, de modo que los contratos ley tienen antecedentes en nuestro país.

“Los contratos-ley no son una creación de la Constitución de 1993. Existen con otro nombre desde, por lo menos, 1950. La ley 9140 autorizaba al gobierno a firmar convenios de estabilidad jurídica concediendo exoneraciones tributarias para estimular la industrialización. La ley de promoción industrial de 1959 y la ley general de industrias de 1970, una de las reformas emblemáticas del gobierno del general Velasco, también contemplaban la concesión de beneficios a los inversionistas mediante contratos con el Estado. El Código Civil de 1984 generaliza la aplicación de los contratos-ley a cualquier actividad económica, no solamente la industrial. La Constitución de 1993 simplemente consagra lo que ya era parte de nuestra legislación”.1

Esto quiere decir que, en el capitalismo, la burguesía va afinando la legislación que tiene como objetivo principal no solo garantizar sus ganancias, sino además hacerlas lo más elevadas posible, con la consecuente afectación a las clases trabajadoras.

Si bien es cierto la legislación es importante, también lo es que no se trata del único mecanismo del que echa mano la burguesía para lograr sus objetivos. Sin embargo, la ultra derecha trata de convencernos que es la Constitución del 93, con los contratos ley, la que ha permitido que nuestra economía mejore considerablemente. Como todos saben, la mejora de nuestra economía es la mejora de la burguesía, no la del pueblo trabajador. Pero, además, no es cierto que la actual Constitución haya sido la que motivó el crecimiento económico. Lo que sí es cierto es que esta coadyuvó al saqueo de nuestro país.

“Ninguna de esas leyes consiguió realmente estimular la inversión. Comparada con el promedio histórico de 11,3% del PBI en el período que va de 1950 a 1993, la inversión privada aumentó menos de dos puntos porcentuales en los cinco años posteriores a la ley de 1950; apenas la décima parte de un punto porcentual entre 1960 y 1964, y nada entre 1971 y 1975. Entre 1985 y 1989, tras la promulgación del Código Civil, la inversión privada estuvo por debajo del promedio histórico. Solamente con la Constitución de 1993 se observa un aumento sustancial y permanente a una media de 16,9% del PBI entre 1994 y el 2020. Pero habida cuenta de las experiencias anteriores, el aumento no parece atribuible a la incorporación de los contratos-ley al texto constitucional, sino más bien al conjunto de principios que mejoraron el clima de inversión, como la responsabilidad fiscal y monetaria, el respeto a los contratos en general y a la propiedad privada, y la apertura al comercio exterior y a la inversión extranjera”.2

Hay que añadir, que en cuanto al monto invertido, este resulta siendo modesto, y por ello, no ha revestido gran importancia desde el punto de vista de nuestro crecimiento económico. Es decir, con contratos ley o sin ellos, la inversión probablemente igual se habría realizado.

“Es verdad que se han firmado centenares de contratos-ley. Según Pro Inversión, hasta junio del 2020 eran 339 contratos con empresas receptoras de inversión, por un total de US$14.500 millones. Suena a mucho, pero no es ni el 3% de toda la inversión privada realizada de 1994 en adelante. Una parte de esa inversión se habría hecho de todas maneras con o sin contratos-ley”.3

En el seno de la propia burguesía hay quienes plantean la necesidad de abandonar los contratos ley. Ya sea que se cambie de Constitución o que siga la misma, se plantea que no se debería firmar más contratos ley.

“Los contratos ya firmados indudablemente se tienen que cumplir, pero no deberían firmarse más. Si no es posible, por razones prácticas, darles contractualmente las mismas garantías y seguridades a todos los inversionistas, grandes, chicos o medianos, es mejor no dársela a ninguno. Los contratos-ley no son esenciales para incentivar la inversión privada; el resto del capítulo económico sí”.4

Además de lo que hemos señalado, también es cierto que los contratos ley se han renegociado a solicitud de las empresas privadas. Es decir, no es que no se puedan cambiar, sino que para cambiarlos es necesario renegociarlos y, en consecuencia, que las partes se pongan de acuerdo. Pero los resultados de las renegociaciones dependerán de quiénes estén en el gobierno del poder.

Otro aspecto, que depende de la voluntad política, está en que ante el incumplimiento del contrato por una de las partes, entonces los contratos ley deberían dejar de tener vigencia, esto es, debería resolverse el contrato. A este respecto hay motivos de sobra para resolver los contratos ley, debido, por ejemplo, a la contaminación del medio ambiente, entre otros.

En cuanto a la legislación, particularmente la nueva Constitución, es necesario tener claro que en un régimen burgués, y reconociendo a las empresas privadas, así como al sistema de trabajo asalariado, se puede tratar de conseguir que la explotación de los trabajadores sea menos grave; que la explotación de nuestros recursos nos reporte mayores ingresos; que el uso de los recursos así obtenidos se destinen al bienestar social; en fin, que en general, se mejoren las condiciones de vida de las clases trabajadoras. Hasta aquí puede llegar un régimen democrático, nacionalista y popular. Así que, seguirá habiendo explotación capitalista de las clases trabajadoras, así como la ganancia, y el poder económico, que tratará de retomar el gobierno del poder, y así empalmar con la tendencia general de la explotación capitalista a nivel mundial.

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(1) https://elcomercio.pe/opinion/columnistas/inversion-privada-los-contratos-ley-y-la-economia-de-mercado-por-ivan-alonso-noticia/

(2) Ibidem.

(3) Ibidem.

(4) Ibidem.

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